Dos meses después…
—…por los delitos de administración de sustancias psicotrópicas con fines de agresión sexual y lesiones agravadas en concurso real… se impone a la acusada Isabella Quintero la pena de tres años de prisión, sustituibles por libertad condicional bajo fianza de setecientos mil euros, prohibición de acercamiento a la víctima y obligación de tratamiento psicológico… —dictó el juez.
—¿Tres años? ¿Es una maldita broma? —habló el médico levantándose en medio de la sala—. Y no conforme con que la pena es ridícula, ¿le permiten también una fianza? Ahora díganme, ¿sucedería lo mismo si yo fuera el agresor?
—La señorita Isabella Quintero ha sido diagnosticada recientemente con un trastorno depresivo compulsivo. No estaba siendo consciente de sus actos cuando… —trató de explicar el abogado de la acusada.
—Excusas y más excusas —se burló, centrando su mirada en el juez—. Exijo que la acusada reconozca públicamente su delito. Exijo que se le prohíba absolutamente regresar al p